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DESPIDO TÁCITO DURANTE UNA BAJA LABORAL

PREGUNTA: Hola. Estando de baja laboral he recibido de mi empresa un documento de liquidación y finiquito donde me cesan en la prestación de servicios por cuenta de la empresa, siendo el motivo la baja por agotamiento de I.T. Me han dado un dinero y, a cambio, me piden que firme un reconocimiento de hallarme saldada y finiquitada por todos los conceptos y que me comprometa a nada más pedir y reclamar. Mi duda es si me están despidiendo. Gracias.


RESPUESTA: Es una duda muy común. Transcurrido el agotamiento de 545 días naturales (18 meses) el trabajador debe reincorporarse a la empresa si, finalmente, no le reconocen la incapacidad. Hasta ese momento la relación laboral se mantiene suspendida pero no extinguida.



Es un error en algunas empresas presentar un documento de liquidación y finiquito como ocurre en el presente caso. Estas liquidaciones se efectúan cuando la relación laboral finaliza o extingue, pero no cuando se suspende.


Cuando ocurre, lo determinante es analizar la verdadera voluntad de la empresa, esto es, si realmente pretende despedir o, simplemente, suspender la relación laboral, aunque los términos y expresiones utilizadas en el documento de liquidación y finiquito puedan dar lugar a confusión por su mala redacción. Es común usar expresiones propias o parecidas a las de un finiquito por extinción laboral como ocurre en este caso.


A mi juicio, si la expresión utilizada es cese de la relación laboral a consecuencia de baja por agotamiento de IT no estaríamos ante un despido. Existe jurisprudencia que analiza casos idénticos, entre otras, la STSJ Cataluña (Social) de 17 abril de 2023 que llega a la misma conclusión. Comprobará, entonces, que no es un asunto pacífico.


Por consiguiente, si finalmente a usted le deniegan la incapacidad deberá incorporarse a su puesto de trabajo, por cuánto su situación es de suspensión de la relación laboral y no de extinción. Si la empresa se negare a su incorporación acuda inmediatamente a la jurisdicción social e interponga la correspondiente papeleta de conciliación y demanda por despido improcedente.


Un saludo.

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